Qué es el contrato de suministro | - Prestaciones periodicas o una sola prestacion que se extende en el tiempo de bienes o servicios
- puede absorver contratos como el de hospedaje, arrendamiento de vehículos, etc.
- no solo debe haber prestaciones periódicas, sino pactar el suministro previamente |
Régimen legal: | No está regulado por código civil, por lo que así no califique como acto de comercio, se regirá por ley mercantil
- es un contrato marco, por lo que hay que referirse a la regulación de las prestaciones aisladas |
Diferencia del suministro con la agencia: | Tanto el agente como fabricante son independientes y estables y prmueve un negocio el sumnistro se activa por cuenta propia, en la agencia por cuenta de otra persona |
Objeto: | .lícito
-posible
-determinado o determinable (reglas flexibles frente a cantidad, poniendose un mínimo, máximo y si no se pacta, corresponde a ordinario consumo) |
Partes del contrato | - Proveedor o suministrante: Se obliga a cumplir las prestaciones => no es lo mismo el proveedor del suministro que el de la relación de consumo
- Consumidor, beneficiario, suministrado: paga la contraprestación=> el consumidor del suministro no es el mismo que el de la relación de consumo |
diferencia con compraventa | - compraventa es de ejecución instantanea, y si se fracciona es por voluntad de las partes
- El suministro se extiende por la misma naturaleza del contrato |
diferencia con la concesión | - conseción el fabricante autoriza al concesionario para que revenda sus productos
- el concesionario se obliga a seguir políticas de comercializacipon para conservar la marca, no solo hay suministro, hay una función adicional. |
diferencias con la franquicia | - La franquicia va más allá de la prestación periódica
- se da un know how y se deben seguir polítcas de marca |
Plazo: | -si es fijado por ambas, una sola no lo puede cambiar
- si una sola lo fija, debe dar un preaviso prudencial
- si no se fija, lo determina el consumidor |
Precio: | Si guardan silencio, se usa el precio medio del lugar y día del cumplimiento de la obligacipoin
- Se paga con cada prestación => periódico
- Se paga según el pago usual => continuo |
Terminación: | Si hay incumplimiento que causa daños graves, generando un perjuicio, o afecta gravemente la confianza, la parte cumplida puede terminar el contrato sin intervención judicial |
Duración: | - Término fijo=> Se vence cumplido el plazo si se sigue cumpliendo, se forma un contrato nuevo a término indefinido término indefinido: se puede terminar por voluntad de una de las partes, con un preaviso del término equivalente a la prestación |
EFECTOS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO | surge la obligación de la prestación aislada
- se puede dejar a una de las partes la fijación de la entrega , siempre y cuando se de un preaviso prudencial y razonable
EN CASO DE NO DETERMINAR EN QUÉ MOMENTO SE ENTREGA, EL CONSUMIDOR PUEDE DETERMINAR LA CANTIDAD Y PLAZO |
cuando se paga el precio | Suministro periódico: IMPLICA PERIODOS DE TIEMPO. NO ES CONTINUO, SINO CADA CIERTO TIEMPO, Y SE PAGA POR CADA PRESTACIÓN y en proporción a su cuantia en el acto
Suministro continuo: ORDINARIO Y CONTINUO, NO PARA. se paga de conformidad a la costumbre |
Incumplimiento del suministro: | EL INCUMPLIMIENTO DE UNA DE LAS PARTES CONFERIRÁ POTESTAD A LA OTRA PARTE PARA TERMINAR EL CONTRATO, cuando el incumplimiento le haya causado PERJUICIOS GRACES O TENGA CIERTA IMPORTANCIA, capaz de mermar la confianza
EL QUE EFECTUA EL SUMNISTRO SIEMPRE TENDRÁ QUE DAR AVISO AL CONSUMIDOR |
PACTO DE EXCLUSIVIDAD EN EL CTO DE SUMINISTRO | Es desleal pacta clausulas de exclusividad cuando dichas clausulas tengan por objeto o efecto restringir el acceso de competidores al mercado o monopolizar la distribución de productos o servicios
NO HAY MONOPOLIO SI HAY BIENES SUSTITUTOS
no importa que se monopolicen ferraris, si quedan carros de lujo |